domingo, 22 de junio de 2014

La doble autojubilación de la ex - alcaldesa de Barquisimeto Amalia Sáez

En el Tribunal Contencioso Administrativo de la Región Centroccidental reposan unas delícadas denuncias en contra de la ex alcaldesa de Barquisimeto Amalia Rosa Sáez De Sanquiz, las cuales refieren a que cobró indebidamente la suma de un millón 567 mil 566 bolívares con 78 céntimos por concepto de prestaciones sociales correspondiente al lapso del 4 de diciembre del 2008 hasta el 30 de noviembre del 2013, con su respectiva jubilación cuando ya tenía un permiso para ocupar un cargo en Caracas. Y también fue jubilada como docente según el último listado publicado en el portal del Ministerio del Poder Popular para la Educación (MPPE). (Ver Aqui Pag. 13)

La alcaldesa se autojubiló
A Saéz la acusan que la Alcaldía de Iribarren le pagara de más cinco (5) veces y medio por prestaciones sociales. (Ver aqui)


La ex - alcaldesa ordenó que en su liquidación se incluyeran las prestaciones sociales en su condición de docente del Ministerio de Educación desde el 1 de octubre de 1979 al 30 de noviembre de 2013, incluyendo el tiempo que ejerció como alcaldesa, lo cual se presume como un hecho irregular, tomando como base del cálculo los salarios que devengó como primera autoridad del municipio por cinco (5) años de Comisión de Servicio, No Remunerada que otorgara el Ministerio de Educación. 
La acusación indica que lo correcto es que Sáez cobrara "136 mil 492 bolívares con 82 céntimos y, en consecuencia, se llevó de más 925 mil 271 bolívares con 75 céntimos, que debe reintegrar a la caja del municipio".

La Jubilación es un derecho constitucional, irrenunciable, que proporciona  una recompensa por los servicios prestados. 
La jubilación, es un derecho adquirido de por vida para quienes la disfrutan, la cual consiste en recibir una pensión, es decir, un pago fijo y periódico, hasta la fecha de su muerte y, no se transmite a sus herederos, quienes cumpla con requisitos de edad y años de servicio podrán hacerse acreedor del beneficio de jubilación.

La jurisprudencia En el caso de Amalia Sáez actual Presidenta del Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (IDENNA), por tratarse de un cargo de alto nivel, no debería percibir su jubilación por el Ministerio de Educación o la Alcaldía de Barquisimeto. 

La normativa vigente establece la incompatibilidad al goce simultáneo de la jubilación con el ejercicio de un cargo público remunerado. 

En estos casos, el pago de la jubilación será suspendido al beneficiario mientras dure en el ejercicio del cargo público, pero le será restablecido una vez cesadas las causas que motivaron la suspensión. Se exceptúan de esta disposición los cargos académicos, asistenciales o docentes.

La Controveria
Ahora bien, si se sumó los años de servicios del MPPE, con los de su gestión como alcaldesa para recibir astronómica y privilegiada cifra de pago de prestaciones sociales y en efecto la jubilación. ¿Por qué la jubilan dos veces? ¿Por qué hay miles de maestros que tienen por lo menos 25 años de servicios y hasta con más de 30 años de antiguedad a la espera de la jubilación? ¿Cuándo pagaran a todos los trabajadores educacionales sus prestaciones sociales, tanto activos como jubilados?

No hay comentarios: